Guardianas del Atrato

Tres años de ríos con derechos: Agencia colectiva de ontologías comunitarias sobre el agua

Blog Serie “La Naturaleza y sus Derechos”: Coloquio Jóvenes Investigadores Abril 2020

Por María Ximena González Serrano (Autora invitada)

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En mayo de 2020 se cumplieron tres años de la publicación de la sentencia que reconoció derechos al río Atrato en Colombia. Este fallo, fue un eslabón de la cadena de decisiones adoptadas en 2017 en tres países del mundo, cuyos sistemas jurídicos asignaron derechos, y personería jurídica a ríos degradados o con graves amenazas ambientales. Estos son: Atrato en Colombia (Corte Constitucional, Sentencia T-622 de 2016); Whanganui en Nueva Zelanda (Te Awa Tupua Act 2017), Ganges y Yamuna en India (Salim v.State of Uttarakhand, Writ Petition No 126 of 124)

Yamuna-India river

Imagen 1: Mujer creyente eleva un rezo a las aguas del río Yamuna-India (2017)2

 Cosmovisiones y prácticas culturales comunitarias: fuente de derecho

Son casos coincidentes que acogieron una fórmula de protección subjetiva de la naturaleza, basada en la apertura del derecho occidental a otras formas de concebir el agua y los ríos. Estos precedentes respondieron al activismo de jueces y operadores legales, que fueron más allá de la receta repetitiva de sostenibilidad y gobernanza del agua. No obstante, desde mi perspectiva lo más destacable de estos casos, es el protagonismo sustancial de las comunidades étnicas y locales tradicionalmente excluidas. Sus cosmovisiones y conocimientos territorializados fueron parte del sustrato argumentativo de las decisiones. El derecho propio de los pueblos y comunidades aparece como una fuente creadora de nuevos mecanismos de protección del agua.

people Iwi and Hapu

Imagen 2: Miembros de los pueblos maoríes Iwi y Hapu, reclamantes originales del río Whanganui -NZ3

En el caso del río Atrato, la Corte fundamentó su juicio en el reconocimiento del carácter relacional y sistémico entre el río y las comunidades afrocolombianas, indígenas y mestizas que lo habitan. A través de la fórmula de derechos bioculturales, se tomó en cuenta la interdependencia histórica y cotidiana entre las comunidades, el río, y la biodiversidad, reconociendo la existencia de saberes y prácticas de vida de alta importancia, pero también de factores disruptores que deben replantearse.

El Tribunal declaró la existencia de un nuevo sujeto de derechos, como mecanismo atado a la garantía y restablecimiento de los múltiples derechos de las comunidades que encontró vulnerados. Lo anterior es de enorme relevancia en tanto el reconocimiento de derechos a un sujeto no humano, se apalancó en la conectividad que este ostenta con las comunidades que desenvuelven su vida en torno a él. No se trata de una protección ensimismada del río, que apunta a separar a las comunidades humanas del concepto mismo de naturaleza, sino que aporta en su comprensión simbiótica

Atrato River Ecoregion

Atrato River Ecoregion

 

Mapa 1: Ecorregión del río Atrato – Territorios colectivos de comunidades afrocolombianas
Fuente: Ministerio de Ambiente e Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico 2019

Mapa 2: Ecorregión del río Atrato – Territorios colectivos de comunidades Indígenas
Fuente: Ministerio de Ambiente e Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico 2019

 

Derechos Humanos y derechos de la naturaleza: una interrelación necesaria

La relación mutua entre las comunidades humanas y la naturaleza es clave para repensar el concepto mismo de “derechos”. Podemos preguntarnos si los derechos de la naturaleza y los derechos de los ríos compiten o se articulan con el marco de derechos humanos. El siguiente interrogante puede ser ilustrativo: ¿Los nuevos escenarios de concertación que se han creado para garantizar los derechos del río, restan peso a los derechos a la vida, la integridad personal, la salud, la educación, la alimentación, la consulta previa, y el consentimiento previo, libre e informado de las comunidades étnicas del Atrato? Esta pregunta tiene considerables repercusiones en tanto la decisión de otorgar derechos al río, no silenció los fusiles, ni puso fin a la disputa de los territorios por múltiples actores e intereses.

En palabras de Leiner Palacios, líder afrocolombiano de la comunidad de Bojayá ubicada en las riberas del Atrato:

 

“2018 y 2019 han sido años de infierno nuevamente para las comunidades en Bojayá. Allá se han dado múltiples confrontaciones, confinamientos y asesinatos (…) Y realmente la están pasando muy mal. Bojayá es hoy una zona de infierno y de guerra (…) El otro elemento es que en Bojayá hay unos intereses económicos. Es un territorio rico en biodiversidad y recursos naturales. En la medida en que el Estado no provee derechos, eso obliga a que la gente salga del territorio y con ello se produce su vaciamiento”.

Ver entrevista completa: Aquí.

Sobre el río permanecen intactos factores de perturbación socio-ecológica, y de grave violación a los derechos de la población. ¿Qué significa tener un río con derechos en una región desprovista de las garantías mínimas para la vida de su gente? ¿Qué implica concebir separadamente la defensa del agua, del ambiente, y del río, con la superación de la violencia y la erradicación de políticas de olvido y exclusión? Sin una mirada integradora de estas agendas, los planes que se han construido en cumplimiento del fallo serán una nueva carta de promesas y no una hoja de ruta de transformación de visiones y de realidades.

Las declaratorias de derechos de los ríos no deben desdibujar ni palidecer el significado, vigencia y necesidad de satisfacción de los derechos humanos, por el contrario, los escenarios emergentes deben ser una plataforma de realización de estos. Ahora bien, también es imperioso llenar de contenido filosófico, normativo e institucional, los derechos de los ríos para que no se conviertan en una arandela decorativa de la retórica de algunos cuantos.

Procesos sociales y comunitarios: su rol en la declaratoria del sujeto río

El rol destacado que han tenido las comunidades locales en la emanación de estas nuevas decisiones protectoras de la naturaleza y de los ríos, también se aprecia en las estrategias organizativas que antecedieron al fallo y a la ley, así como en los nuevos espacios configurados para su cumplimiento. En el caso de Nueva Zelanda, la lucha para exigir que el río Whanganui fuera concebido legalmente como entidad viviente se extendió por 147 años. No obstante, en el caso de India la defensa jurídica de los ríos y glaciares no estuvo ligada a un proceso de acción colectiva de las poblaciones ribereñas, sino a un litigio de interés público. Y posiblemente, esa fue una razón simbólica que facilitó su posterior revocatoria por parte de la Corte Suprema de Justicia.

En el caso del Atrato, la defensa del río se enmarcó en un proceso organizativo amplio y con varios años de trayectoria. Dos hitos le sirvieron de antecedente: El primero fue la movilización social conocida como “Atratiando: por un buen trato con el Atrato”. Acto de resistencia civil organizado en 2003, con el objetivo de levantar la voz ante las acciones de violencia sistemática en la región, que dejaron más de 60.000 chocoanos desplazados.

Se trató de una peregrinación comunitaria por el río. Las comunidades, organizaciones sociales y eclesiales, organizaron una comisión de embarcaciones que recorrieron un buen tramo de la cuenca durante 5 días, desafiando el control político y bélico ejercido por grupos paramilitares. Estas organizaciones criminales bloquearon durante 7 años consecutivos el libre tránsito de personas, alimentos, comercio y medicamentos, con el objetivo de generar una alta presión armada y social para forzar el abandono masivo del territorio y su posterior apropiación.

Cómo lo describe González:

«El ‘Atratiando’ sentó un precedente fundamental, en cuanto alzó unos mensajes cruciales: el Atrato no pertenece a las armas, el río es para todos, el río es la vida y bienestar para las comunidades, y el pueblo atrateño se unirá cuantas las veces que sea necesario para proteger su río, proteger su vida ”

Community river mobilisation

Imagen 3: Movilización fluvial comunitaria en el Atratiando: un buen trato por el Atrato (2003)
Fuente: Steve Cagan. Galería completa: Aquí

El segundo hito, fue la “Agenda Regional e Interétnica de Paz para el Chocó” de 2015, documento que recogió las principales propuestas del movimiento social del departamento. Su construcción se basó en un trabajo de articulación que involucró a un gran número de organizaciones étnicas y de la sociedad civil, en el que se proyectaron las líneas fundamentales de cómo debería ser la vida en la región. Uno de sus ejes transversales, denominado “Territorio y exigibilidad social y jurídica”, fijó el marco de la estrategia de exigibilidad jurídica en defensa del Atrato (Consulte más información de la Agenda Regional de Paz del Chocó).

Las poblaciones rurales del Chocó, así como otras poblaciones étnicas o locales, no sólo pueden ser vistas como víctimas o marginados. Son pueblos con una enorme resiliencia, con una poderosa memoria colectiva que les permite enfrentar y sobrellevar las adversidades y emprender procesos reivindicativos con un impacto sobresaliente  (Consulte más información del proceso comunitario de defensa del Atrato).

Guardianas del Atrato

Imagen 4: Escuela comunitaria de Guardianas del Atrato – Chocó (2019)4

La defensa del Atrato también ha sido un motor de nuevas dinámicas e interacciones al interior de los procesos comunitarios. Ha sido una oportunidad para verse así mismos. El entendimiento de que aquello que pase o se decida cuenca arriba, se recibe cuenca abajo y la conciencia de que dependen unos de otros para sobrevivir y permanecer, ha fortalecido su voz, su cohesión y su capacidad de agencia colectiva.

Las sentencias de ríos con derechos son instrumentos jurídicos que nos permiten reflexionar sobre la intricada conectividad territorial, poblacional y ecosistemica en torno al agua.  Nos llevan a ver con otros ojos a poblaciones tradicionalmente excluidas, que en sus saberes y formas de vida nos ofrecen elementos claves en torno a cambios fundamentales. El gran desafío es que esta visión, impregne la construcción de políticas, los debates públicos, los espacios de decisión y pueda materializarse en cambios profundos y concretos en beneficio del ambiente y de las poblaciones más vulnerables.

La grabación de los 2 webinars del Coloquio de Jóvenes Investigadores «La Naturaleza y sus Derechos», de junio 2020 están disponibles en rivers-ercproject.eu/media/

 


Sobre la autora: Abogada, especialista en Derecho Ambiental, con Maestría en Estudios Latinoamericanos. Trabajó durante 15 años con comunidades indígenas, afrocolombianas y campesinas en la defensa del territorio, el agua y los ríos en Colombia. Fue cofundadora y codirectora del Centro de Estudios para la Justicia Social Tierra Digna entre 2010 y 2018, desde donde acompañó el proceso de defensa del río Atrato. En la actualidad inicia su proyecto de investigación doctoral sobre el tema derechos de los ríos.
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daniel vera
dani@danivera.com